El pasado mes de mayo se publicaban en el BOE las bases de la misma, que pasamos a resumirte a continuación. Los servicios de Ciberseguridad que pueden ser objeto de las ayudas se dividen en tres bloques: Básico: Servicios de GAP análisis e informe de estado de la seguridad. Avanzado: Desarrollo del Plan de continuidad del negocio, Plan estratégico de Ciberseguridad, Cumplimiento de estándares legales (NIS), Preparación de la documentación de soporte (para ISO 27001 o ENS) y análisis de vulnerabilidades. Preparación para la certificación: Servicios de auditorías internas y acompañamiento del consultor a las auditorías de certificación.
Los beneficiarios podrán ser única y exclusivamente PYMEs, que deberán cumplir ciertos requisitos que te comentamos en este artículoLa cuantía de las ayudas, se asocia directamente al tamaño de la organización solicitante, estableciéndose tres niveles: Para el segmento de 10 a 50 empleados – límite de 12000€ Para el segmento de 50 a 100 empleados – límite de 18000€ Para el segmento de 100 a 250 empleados – límite de 24000€
La solicitud de la ayuda, podrá hacerse desde el momento de la publicación de la convocatoria y hasta 6 meses después de la misma o hasta el agotamiento de los fondos, lo que ocurra primero. No hay en la misma concurrencia competitiva y el criterio de concesión será simplemente el orden de llegada a la solicitud. Para poder realizarla, se habilitará un portal específico con un acceso a la sede electrónica específica. En el programa KIT CONSULTING, las ayudas llegarán a los destinatarios por vía de los Agentes Digitales Adheridos al plan, los cuales han sido homologados previamente para la prestación de los servicios objeto de la ayuda. De esta manera, la empresa puede recibir el servicio sin necesidad de hacer ningún desembolso, a excepción del IVA y los servicios contratados que excedan el límite de la ayuda. Para la realización de los trabajos, se dispondrá de un plazo máximo de 3 meses que empezarán a contar desde la validación del Acuerdo de Prestación de Servicios. Superar este plazo, tal como se indica en las bases, supondría la minoración la de ayuda percibida, de manera proporcional al tiempo de retraso. Así, tanto por orden de atribución de las ayudas, como por el tiempo límite para su ejecución, desde Cámara Certifica nos pareció importante trasladaros toda la información para que pudierais iniciar su valoración y la estrategia a seguir. Igualmente nos ponemos a tu servicio para resolver tus dudas sobre estas ayudas, facilitarte contactos de Agentes Adheridos o la información que requieras sobre tu proyecto de certificación en Seguridad de la Información. |