Pyme Sostenible

Convocatorias

Provincia de Sevilla. Abril de 2024

OBJETIVO Y APOYO ECONÓMICO

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Sevilla, junto con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, han puesto en marcha el Programa Pyme Cibersegura en el marco del Programa Plurirregional de España FEDER 2021-2027 (POPE).

El Programa tiene por objeto principal mejorar la competitividad de la pyme española mediante el impulso de la sostenibilidad, así como reactivar la economía en base a la sostenibilidad, poniendo en valor sus repercusiones económicas, sociales y medioambientales, y a la Agenda 2030. 

DESARROLLO

Fase I: Análisis de necesidades.- Consiste en la elaboración de un Diagnóstico Asistido en materia de Sostenibilidad que permitirá a la Pyme analizar su nivel de desarrollo sostenible y sus posibilidades de mejora mediante el estudio de:

  • La huella de carbono.
  • La eficiencia energética.
  • Desarrollo de la economía circular.
  • La Impalntación de los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

El diagnóstico es gratuito para la empresa participantes.

Fase II – Implantación de soluciones.-  Esta fase cuenta con apoyo económico para la implementación, a través del proveedor especializado que la empresa determine, de las recomendaciones en materia de Sostenibilidad identificadas en la Fase I.

La ayuda económica es del 85% de hasta 7.000 euros por empresa. 

A QUIÉN VA DIRIGIDO

El Programa Pyme Sostenible está dirigido a autónomos, microempresas, pequeñas o medianas empresas, según definiciones recogidas en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003. Quedan excluidas de esta Convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas,  asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.

El Programa Pyme Sostenible se dirige a las empresas industriales, comerciales y de servicios de cualquier sección del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de la Unión Europea.

Quedan excluidas, en todos los casos, aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023.

Otros Requisitos:

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Tener interés en abordar actuaciones en materia de incorporación de medidas de Ciberseguridad a sus negocios y estar dispuestas a aportar tiempo y recursos para cofinanciar su participación en el Programa Pyme Sostenible.
  • Cumplir la norma de minimis que exige la Unión Europea.
  • Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2022.
  • Tener una facturación mínima anual de 100.000€ en el último ejercicio cerrado.
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Sevilla, de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos, el centro destinatario y directamente beneficiario ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
  • No podrá financiarse en la Fase de Implantación de Ayudas, aquellas soluciones tecnológicas que se hayan financiado en el programa Kit Digital en cualquiera de sus convocatorias.
  • No podrán participar en la Fase I de Diagnóstico aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico en la convocatoria del programa Sostenibilidad de la anualidad 2023.
  • No podrán ser beneficiarias de la Fase II de Ayudas las empresas que hubieran resultado beneficiarias en la citada convocatoria 2023.
    Podrán optar directamente a la Fase II aquellas Pymes que:
    • Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I de la convocatoria del programa Sostenibilidad de la anualidad 2023.
    • Acrediten haber participado en la anualidad anterior en un programa similar de Asesoramiento en materia de sostenibilidad en las pymes, de organismos de Promoción de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos nacionales, regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos indicados en la presente convocatoria.

El Programa Pyme Sostenible está dirigido a autónomos, microempresas, pequeñas o medianas empresas, según definiciones recogidas en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de 6 de mayo de 2003. Quedan excluidas de esta Convocatoria las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las uniones temporales de empresas,  asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro.

Asimismo, quedan excluidas las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.

El Programa Pyme Sostenible se dirige a las empresas industriales, comerciales y de servicios de cualquier sección del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de la Unión Europea.

Quedan excluidas, en todos los casos, aquellas empresas que operen en la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, así como en la producción primaria de productos de la pesca y acuicultura, de acuerdo con las definiciones recogidas en el art. 2.1 del Reglamento (UE) 2023/2831 de 13 de diciembre de 2023.

Otros Requisitos:

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  • Tener interés en abordar actuaciones en materia de incorporación de medidas de Ciberseguridad a sus negocios y estar dispuestas a aportar tiempo y recursos para cofinanciar su participación en el Programa Pyme Sostenible.
  • Cumplir la norma de minimis que exige la Unión Europea.
  • Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2022.
  • Tener una facturación mínima anual de 100.000€ en el último ejercicio cerrado.
  • Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Sevilla, de conformidad con los datos recogidos en el censo. En el caso de que una empresa posea varias sedes o centros productivos, el centro destinatario y directamente beneficiario ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) Nº 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, y conforme a la definición establecida en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (2014/C149/01).
  • No podrá financiarse en la Fase de Implantación de Ayudas, aquellas soluciones tecnológicas que se hayan financiado en el programa Kit Digital en cualquiera de sus convocatorias.
  • No podrán participar en la Fase I de Diagnóstico aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico en la convocatoria del programa Sostenibilidad de la anualidad 2023.
  • No podrán ser beneficiarias de la Fase II de Ayudas las empresas que hubieran resultado beneficiarias en la citada convocatoria 2023.
    Podrán optar directamente a la Fase II aquellas Pymes que:
    • Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I de la convocatoria del programa Sostenibilidad de la anualidad 2023.
    • Acrediten haber participado en la anualidad anterior en un programa similar de Asesoramiento en materia de sostenibilidad en las pymes, de organismos de Promoción de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos nacionales, regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos indicados en la presente convocatoria.
Eficiencia Energética

1.1. Monitorización de eficiencia energética en instalaciones (Sector Industrial)
1.2. Incremento de la sostenibilidad ambiental de procesos industriales (Sector Industrial)
1.3. Consultoría para la optimización de la producción en base a la minimización del impacto ambiental (Sector Industrial)
1.4. Estudio para la instalación de fuentes de energías renovables y más eficientes (Multisectorial)

2.1. Implantación de sistemas de reconocimiento de la sostenibilidad del producto/ servicio
(Sector Industrial)
2.2. Recogida selectiva de residuos (Sector Industrial)
2.3. Ecodiseño: diseño de productos y/o servicios sostenibles (Sector Industrial)
2.4. Análisis del ciclo de vida de los productos (acv) (Sector Industrial)
2.5. Cálculo de la huella hídrica (Sector Industrial)
2.6. Consultoría para el desarrollo de un nuevo modelo de negocio circular (Multisectorial)

3.1. Definición e implantación de planes de movilidad sostenible (Multisectorial-limitado a empresas que dispongan de flotas de vehículos para el desarrollo de su actividad-)
3.2. Plan de responsabilidad social empresarial (Multisectorial -limitado a empresas de 10 o más trabajadores-)
3.3. Registro de la huella de carbono (Multisectorial)

4.1. Obtención certificación ISO 50001 gestión de la eficiencia energética (Multisectorial)
4.2. Obtención certificación ISO 14001 sistema de gestión ambiental (Multisectorial)
4.3. Obtención certificación ISO 14006 gestión de ecodiseño (Multisectorial)
4.4. Obtención certificación ISO 14046 huella hídrica (Multisectorial)
4.5. Obtención certificación ISO 14064 huella de carbono de organizaciones (Multisectorial)

Las empresas y los autónomos -que lo deseen- pueden solicitar y gestionar online las ayudas de fondos europeos (FSE y FEDER) gestionadas por las Cámaras de Comercio de España. Desde la presentación de su solicitud hasta la resolución final de la misma.

La Sede Electrónica.

https://sede.camara.es/sede/sevilla es un espacio público donde empresas y emprendedores pueden presentar sus solicitudes, comunicarse  y tramitarlas con su Cámara así como toda la documentación necesaria para su participación.

Desde un dispositivo móvil o su ordenador, puede consultar el estado de su solicitud, recibir notificaciones telemáticas, subsanar o añadir información o documentación.

Por Sede Electrónica no hace falta compulsa. Se admite copia simple. 

Con todas las garantías legales, usando su Certificado Digital.

Son válidos:

Si ya dispone de él, asegúrese de que no esté caducado, o no vaya a caducar en los próximos meses.

La misma sede le ofrece más información sobre los Certificados digitales, y una Ayuda y FAQ preguntas frecuentes: https://sede.camara.es/sede/html/preguntas-frecuentes-sede, y un tutorial -paso a paso- sobre Cómo solicitar online la ayuda: https://sede.camara.es/sede/estaticos/ayuda/00_Indice/.

Además de su Certificado Digital, necesitará instalar Autofirma para Firmar en su navegador web: http://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html.

Hasta ahora los problemas que nos han reportado en la Firma han sido por configuración de los equipos de los usuarios y porque su instalación requiere permiso de Administrador. Los problemas más frecuentes con la instalación están documentados en el siguiente enlace.

En todo caso, si acaba de instalar Autofirma, pruebe a firmar de nuevo la solicitud. Para ello siga los siguientes pasos:

  •       Cierre el navegador por completo
  •       Acceda de nuevo a la Sede Electrónica, apartado “Mi portal”
  •       Identifique la solicitud en estado “Borrador” y pulse el botón Ver solicitud
  •       En la pantalla de la solicitud, pulse el botón Editar
  •       Acceda a la pantalla de “Confirmación”, paso 3º del proceso de presentación
  •       Intente de nuevo la firma de la solicitud

Si sigue sin poder firmar:

  • Pruebe a firmar desde otro navegador distinto, por si algún componente del navegador estuviera interfiriendo con el proceso de firma.
  • Pruebe también a desactivar temporalmente su software de antivirus.

Ana Llamas Gutiérrez

e-mail: ana.llamas@camaradesevilla.com

Tfno: 610 14 05 96

Fondo Europeo de Desarrollo Regional
una manera de hacer Europa