La Cámara de Comercio y la CES, contra un impuesto que lastra la viabilidad empresarial

  • Expertos y asesores fiscales debaten, ante más de 200 empresarios,  sobre el Impuesto de Sucesiones

Los presidentes de la Cámara de Comercio, y de la Confederación de Empresarios de Sevilla, Francisco Herrero y Miguel Rus, han inaugurado esta mañana  en el Club Empresarial Antares, la Jornada “EL IMPUESTO DE SUCESIONES A DEBATE”, en la que han participado grandes especialistas en la materia y ha contado con la asistencia de más de 200 empresarios.

Preguntas como ¿Es un impuesto para ricos? ¿Conoces la realidad del impuesto de sucesiones? ¿Cómo afecta a la empresa familiar? han centrado un debate en el que han intervenido Tomás Rico, del bufete Sanguino Asociados que ha realizado un “Análisis comparativo del Impuesto de Sucesiones entre Andalucía y el resto de CCAA”; José Ignacio de Rioja, notario de Sevilla, con la ponencia sobre “Las valoraciones administrativas de los bienes integrantes de la herencia”; Ignacio Martínez, del despacho de abogados MAIO-Martínez Escribano, que ha planteado “Los puntos de conexión del ISD: ¿Dónde se paga y bajo qué normativa?” y Joaquín Cuesta, de Cuatrecasas que ha centrado su intervención en las “Bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones, haciendo especial referencia a lo aplicable a la empresa familiar”.

El presidente de la Cámara de Comercio de Sevilla Francisco Herrero, ha considerado durante su intervención que “no es admisible que un tributo condene la continuidad de las empresas y del ejercicio de su actividad, y termine por convertirse en un “certificado de defunción” de las mismas, y un gravoso para la economí­a regional”.

Así, ha explicado que este impuesto está provocando que “las herencias se estén quedando en las notarías, porque la gente no puede pagar, y que pequeños empresarios tengan  que renunciar al negocio familiar por no poder hacer frente a dichas cargas impositivas. Sin olvidar que muchos empresarios no quieran estar domiciliados aquí, dada la discriminación que tienen las empresas en Andalucía con respecto a dicho impuesto, frente a comunidades como Madrid o La Rioja donde no se tributa”.

Por su parte, el Presidente de la CES, Miguel Rus ha trasladado que dicho impuesto es “tremendamente insolidario con el ciudadano español, y propone la eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio de manera definitiva, y la supresión del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, o al menos se eleve el mínimo exento, se reduzcan los tipos y se elimine el coeficiente multiplicador en función del patrimonio preexistente”.

“Se trata, en definitiva de lograr la supresión de las cargas fiscales que soportan las empresas y las familias como acicate para la recuperación y para la creación de riqueza y empleo”, ha explicado Rus.

Así los asesores fiscales, han coincidido en que el debate se extiende sin duda por diversas regiones, que en el caso de Andalucía, va en aumento ya que cuenta con los coeficientes más altos de España. Y que a pesar de que el Gobierno andaluz ha transigido en aumentar el límite mínimo heredado para empezar a tributar, pasando de 250.000 a 300.000 euros, sigue siendo un asunto injusto y polémico.

En este sentido, Tomás Rivero, de Sanguino Abogados, ha hablado sobre las competencias de las comunidades autónomas, ante un mapa en el que se presentan 19 comunidades con impuestos de sucesiones y donaciones diferentes, con la consiguiente evasión de contribuyentes de unas comunidades a otras, como el caso de Andalucía y Madrid”.

Por su parte, José Ignacio de Rioja, notario de Sevilla, ha explicado las diversas vías de aminoración de dichas cargas impositivas, vía bonificaciones.

A este respecto, ha insistido en la importancia de hacer una buena disposición testamentaria clara y ordenada. Y prever en las mismas, que si a partir de una cantidad se paga, habrá que estudiar el distribuir entre hijos y nietos para aminorar dicha cantidad, sin olvidar el preservar las renuncias en el testamento y utilizarlas para no sobrepasar el mínimo exento”.

Asimismo, ha insistido en “tener cuidado con los avales, que también se heredan con todas sus consecuencias”.

Por su parte, Ignacio Martínez de Abogados MAIO Martínez Escribano, ha hablado de los supuestos de residencia y no residencia a los que ha insistido en “diferenciar bien la residencia habitual de la que no lo es”.

Finalmente, Joaquin Dominguez de Cuatrecasas, ha hablado sobre las diferentes bonificaciones y posibles deducciones de dicha carga impositiva.

Así, ha explicado algunas bonificaciones en relación a las donaciones de padres a hijos que en el caso de donaciones en vida a hijos menores de 35 años por compra de primera vivienda son bonificables hasta 150.000 euros.

Para el caso de donaciones destinadas a la creación de una empresa o negocio, ha advertido que “se debe demostrar que se trata para la creación de un negocio individual”.

Asimismo, también ha hecho referencia a las bonificaciones de empresas familiares dedicadas a explotaciones agrarias.

En el caso de los empresario individuales ha insistido tener en cuenta que “las bonificaciones sólo afectan a bienes afectos a la actividad empresarial por lo que las cuentas corrientes no son consideradas como afectos a dicha actividad”

Para ello, Joaquín Cuesta, ha insistido en documentar  muy bien todas las actividades económicas así como la dedicación del empresario individual,  que debe ejercer la actividad de forma personal, activa y directa, y cuya ganancia por actividad debe ser la principal fuente de renta.

En el caso de las sociedades, el abogado de Cuatrecasas, insiste en “documentar la función principal de la dirección y tener una retribución superior al 50% del resto de beneficios que se obtengan por otras actividades”.

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