RESUMEN

ANTES DE COMENZAR LA ACTIVIDAD

  • Presentar la declaración censal  (modelo 036 ó 037)
  • Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (solo si está sujeto a este impuesto y se hará en los  modelos 840/848. Si está exento servirá con presentar el 036 o 037 anterior).

 

DESPUÉS DE COMENZAR LA ACTIVIDAD

  • Debe declarar sus ingresos:
    • Si tributa por el Impuesto sobre la Renta – IRPF (autónomos, sociedades civiles y comunidades de bienes sin personalidad jurídica); trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta (modelos 130 y 131) y anualmente la declaración del IRPF   (modelo D-100)
    • Si tributa por el Impuesto de Sociedades (sociedades mercantiles y sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil); trimestralmente deberá efectuar los pagos fraccionados a cuenta  (modelo 202) y anualmente la declaración del Impuesto de Sociedades  (modelo 200)
  • Si realiza pagos sometidos a retención, ya sea por tener empleados o efectuar pagos a profesionales, por abonar rendimientos del capital mobiliario, etc.  (modelos 111 y 190)
  • Deberá realizar la declaración anual de operaciones con terceros durante el mes de marzo, cuando en el año anterior hayan realizado operaciones con otra persona o entidad que en su conjunto hayan superado los 3.006 Euros  (modelo 347)

 

AL FINALIZAR LA ACTIVIDAD

  • Darse de baja presentando la declaración censal  (modelo 036 ó 037) en el plazo de un mes.
  • Presentar la baja en el  Impuesto de Actividades Económicas (solo si está sujeto a este impuesto y se hará en los   modelos 840/848. Si está exento servirá con presentar el 036 o 037 anterior) en el plazo de un mes desde el cese de actividad.

 

RESUMEN DE OBLIGACIONES FISCALES

AUTÓNOMO

SOCIEDADES CIVILES Y COMUNIDADES
DE BIENES

SOCIEDADES MERCANTILES

ANTES DE INICIAR LA ACTIVIDAD

DC

DC DC

IAE

IAE

IAE

ITP

ITP

UNA VEZ INICIADA LA ACTIVIDAD

IRPF

IRPF

IS

IVA IVA

IVA

DAOT DAOT

DAOT

FINALIZADA LA ACTIVIDAD – BAJA

DC

DC DC
IAE

IAE

 

DC: Declaración Censal | IAE: Impuesto de Actividades Económicas | ITP: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales | IRPF: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas | IS: Impuesto de Sociedades | IVA: Impuesto sobre el Valor Añadido | DAOT: Declaración anual de Operaciones con terceros

Fuente del resumen: crear-empresa.com

 Guía de la Agencia Tributaria de las obligaciones fiscales de la empresa (descargar)