Una vez presentada la solicitud de nombramiento de mediador concursal, dicho profesional bajo la supervisión de su abogado intentará alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores, que incluya la eliminación de la mayoría de sus deudas y el aplazamiento de las restantes hasta un periodo de 10 años.
Durante el desarrollo de esta fase quedarán paralizados los procedimientos judiciales de embargo o procedimientos de reclamación de cantidades que se hubieran iniciado. Además, se paralizará el devengo de intereses de demora por las cuantías pendientes de pago.
En el supuesto de que se logre alcanzar el mencionado acuerdo, las cantidades que serán pagadas en cada plazo, se determinarán atendiendo a sus ingresos y a los gastos necesarios para su supervivencia.